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Una vez que conseguimos pagar el prestamo hipotecario o que la hipoteca esta totalmente pagada y amortizada lo que se llama cancelacion financiera de la hipoteca, bien por la llegada del vencimiento final con todas las cuotas pagadas o porque hemos pagado todo el importe de la hipoteca de forma anticipada, es aconsejable proceder a “limpiar” o quitar la anotacion o carga que existira en el Registro de la Propiedad a favor de la Entidad Financiera lo que dejara nuestra Propiedad libre de cargas. Es lo que se conoce como la cancelacion de hipoteca definitiva y total o cancelacion registral de hipoteca , tambien conocido como levantamiento de hipoteca o levantamiento de cargas ya que desaparecera del Registro de la Propiedad. Tambien se utilizara este sistema para la cancelacion de la condicion resolutoria existente en algunas viviendas en el Registro de la Propiedad.
Esta cancelacion registral de hipoteca, cancelacion de la hipoteca o levantamiento de cargas o de hipoteca, lleva consigo una serie de gastos como veremos mas adelante por lo que hemos de valorar si nos interesa solicitar dicha cancelacion en el registro ya que no es obligatorio salvo que vayamos a proceder a su venta o solicitar nueva financiacion o nuevo prestamo. No obstante, como decimos es aconsejable pues suele ser algo que se olvida y en ocasiones cuando lo necesitamos con urgencia se suele tener problemas de agilidad y a veces localizar los documentos necesarios.
Los pasos a dar para la cancelacion registral de la hipoteca o cancelar una condicion resolutoria sobre una finca, piso o vivienda, seran los siguientes:

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Solicitar a la Entidad Financiera que en su momento nos concedio la hipoteca que proceda a preparar la escritura de cancelacion de hipoteca. Si fuera una condicion resolutoria o carga sobre la finca igualmente deberemos solicitar una escritura notarial que previa entrega de los documentos que demuestren se ha cumplido con las obligaciones que justificaban la condicion resolutoria, el notario extendera la escritura de levantamiento de dicha carga.
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La Entidad financiera, entregara a un Notario los datos de la finca o vivienda, el importe de la hipoteca, la responsabilidad hipotecaria y apoderado que firmara.
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Una vez confeccionada la escritura de cancelacion de hipoteca, la Entidad Financiera firmara dicha escritura ante Notario para lo que no es necesaria nuestra presencia.
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El notario nos entregara previo pago de su minuta la escritura de cancelacion de hipoteca original.
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Dicha escritura la pasaremos por la Hacienda de la correspondiente Comunidad Autonoma para la liquidacion del impuesto que en la actualidad esta exento.
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Una vez liquidado el impuesto presentaremos la misma en el correspondiente Registro de la Propiedad y en un plazo de 2 a 3 meses, dicho Registro nos devolvera la misma con anotacion de haber dado de baja la hipoteca. Con estos pasos, tendremos nuestra vivienda “limpia” de la hipoteca. Este sera un buen momento para solicitar una nueva Nota simple al Registro de la Propiedad y comprobar que no existen otras cargas.

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Actualizado: 05/12/2008


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