- Si has tenido
conocimiento de las condiciones financieras de un determinado prestamo
a traves de la publicidad, debes tener en cuenta que estas vinculan
al banco y, por tanto, puede exigir las condiciones publicitadas.¡vamos,
que guardes el folleto!
- Antes de decidirse por un determinado prestamo con garantia hipotecaria,
solicite folletos informativos en distintas entidades de credito;
de esta forma, podra comparar y elegir el producto mas competitivo
y que mas se adecue a sus necesidades. Estos folletos informativos
deben de estar a disposicion del publico en todas las sucursales,
son gratuitos y contienen la informacion necesaria para decidir
sobre uno u otro prestamo.
- A la hora de comparar, en caso de que decida contratar un prestamo
hipotecario a tipo de interes variable, debe tener en cuenta no
solo el tipo inicial, sino fundamentalmente el tipo de referencia
y el diferencial aplicable. Igualmente debe prestar atencion a las
comisiones de apertura y cancelacion que le apliquen a su prestamo.
- Fijese en la Tasa Anual Equivalente (T.A.E.) del prestamo, ya
que este tipo le indicara de forma mas aproximada el coste real
del mismo.
· Una vez que se decida por un determinado prestamo, solicite de
la entidad de credito una oferta vinculante; en este caso, se debera
proceder a la tasacion del inmueble que conlleva un coste (negocie
con el banco o caja de ahorro quien lo asume)
- Una vez realizada la oferta vinculante por la entidad y aceptada
por el futuro prestatario, este tiene el derecho de examinar el
proyecto de escritura publica de prestamo hipotecario en el despacho
del Notario al menos durante los tres dias habiles anteriores a
su otorgamiento.
- En el caso de comprar un inmueble que ya tiene una hipoteca que
garantiza la devolucion de un prestamo, antes de subrogarse en la
posicion del vendedor por el importe que quede por amortizar, debe
informarse de las condiciones del prestamo a las que se va a subrogar
(ya que dichas condiciones pueden no ser ventajosas, por lo que
puede interesarle acudir a otra entidad), asi como si dicho prestamo
esta al corriente de pago.
- Si suscribe un prestamo a tipo variable, no permita que le apliquen
redondeo del tipo de interes resultante de la variacion. Algunas
entidades imponen esta clausula (en la que por supuesto dicho redondeo
se realiza siempre al alza, nunca a la baja) que es abusiva y contraria
a derecho (en este sentido, cabe resaltar que el Juzgado de 1ª Instancia
num. 50 de Madrid ha declarado abusiva dicha clausula).
- Si esta pendiente de alguna subvencion, es conveniente esperar
a la concesion de la misma antes de formalizar el prestamo; en caso
contrario, es importante hacer constar en la escritura de prestamo
la adaptabilidad del prestamo a la subvencion, caso de ser obtenida.
- En caso de estar pagando un tipo de interes elevado o fuera de
mercado, puede mejorarlo mediante un acuerdo con el mismo banco
(novacion), o con otra entidad de credito (subrogacion). Una pagina
que te puede ayudar es www.freedomfinance.es
- no es obligatorio contratar un seguro de seguro de vida con la
hipoteca, solo el de incendios (a favor del banco, claro)
se puede contratar con cualquier entidad, no solo con amiguetes
del banco: es practica habitual que con el barullo de papeles el
día de la firma de la hipoteca te presenten un seguro "buenísimo"
de alguna empresa del grupo ¿llevaran comisión? ¡por
supuesto! con condiciones muchas veces abusivas. De todas maneras,
si ya te la han colado, mira lo que pagas, mira lo que cobra cualquier
compañia de seguros y te pasas a la otra. No se pueden negar.
Probablemente con lo que pagas para asegurar que el banco cobre
si se quema tu casa, cobres tu tambien, asegures muebles, cristales
... y hasta ahorres dinero (no exagero).
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