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Derechos y garantias del comprador
La adquisicion de un piso “sobre plano” plantea la necesidad de asegurar al comprador que la vivienda se construira, que se entregara en el plazo previsto y que reunira las caracteristicas, instalaciones, servicios y calidades pactados.
La Ley establece una serie de derechos y garantias que usted debe conocer y utilizar.
Contrato de compraventa.
Quien decide comprar una vivienda habitualmente entrega una cantidad en concepto de “reserva”. El siguiente paso es reunirse con la parte vendedora para firmar el contrato privado de compraventa.
La redaccion del contrato debe responder a los principios de buena fe y equilibrio de los derechos y obligaciones de ambas partes. El contrato debe incluir todas las condiciones generales y especiales y, en particular, que el comprador no pagara los gastos que correspondan legalmente al vendedor y que tiene derecho a elevar a escritura publica el contrato, asi como a elegir notario.
Normalmente, el vendedor presenta un modelo de contrato unilateralmente redactado: no lo acepte. Usted puede participar en su confeccion y si el vendedor se opone puede negarse a firmar exigiendo la devolucion integra de la cantidad entregada como señal, sin que la parte vendedora pueda alegar incumplimiento.

seriedad, experiencia y solvencia de la empresa vendedora
Derechos del consumidor tras la firma del contrato.
En muchos casos, el consumidor se ve forzado a aceptar el contrato a pesar de no estar conforme con algunas de sus clausulas, puesto que no quiere perder la vivienda elegida. La legislacion se hace eco de esta situacion y le ofrece una serie de derechos:
- Nulidad de clausulas abusivas: Si el contrato incluye clausulas abusivas estas quedan anuladas y se tienen por no puestas aunque las haya firmado y aceptado el comprador.
- Integracion del contrato: Toda la informacion incluida en la oferta, promocion y publicidad es exigible aun cuando no conste expresamente en el contrato celebrado.
- Interpretacion del contrato: En caso de duda sobre alguna de las clausulas la Ley impone la interpretacion mas favorable al consumidor.
- Sanciones administrativas: El incumplimiento de la normativa de proteccion al consumidor se considera una infraccion administrativa sancionable con multa.
Esta prohibido incluir en el contrato clausulas “abusivas”, de incluirse, se consideraran nulas


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Actualizado: 06/11/2008


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