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Infraseguro y sobreseguro

El infraseguro y el sobreseguro son dos fenomenos que pueden producirse en la relacion aseguradora y que generan, muchos problemas a los asegurados; problemas que se habrian evitado con facilidad si se conociesen correctamente las implicaciones de la valoracion del riesgo durante el proceso de constitucion del seguro. Por este motivo, es especialmente importante que el futuro asegurado tenga en cuenta sus efectos en el momento de estudiar el seguro que mas le convenga.

Veamos que ocurre a la hora del siniestro en el caso de que la indemnizacion que teoricamente debe pagar la compañia (lo que tecnicamente se designa como suma asegurada) es diferente de la perdida economica real sufre el asegurado si se produce el siniestro (interes asegurado).

· Infraseguro - Aplicacion de la regla proporcional: Es la mas frecuente. En aquellos casos en que, al ocurrir el siniestro, la suma asegurada sea inferior al valor del interes (infraseguro), el asegurador solo indemnizara el daño causado en la misma proporcion en la que aquella cubre el interes asegurado. Se trata de una regla aplicada universalmente en los seguros contra daños, que se conviene contractualmente y que el legislador consagra igualmente en sus preceptos. En nuestro pais, asi lo dispone el articulo 30 de la L.C.S.

Ejemplo:

si una persona asegura los bienes y enseres que tiene en su casa (contenido) en 5 millones de pesetas cuando en realidad valen 15 (el triple); en caso de siniestro recibira la proporcion resultante de esa relacion (un tercio para este ejemplo). Si, por lo tanto, sufre un robo por valor de 3 millones de pesetas, percibira un millon. Este ejemplo viene a demostrar la importancia que para un asegurado puede llegar a tener la correcta valoracion del interes asegurado.

OJO: Esto viene muy bien a las compañias, pues en caso de siniestro se ahorran "una pasta en indemnizaciones" y al contratar la poliza no te suelen avisar pues saben que normalmente tu tratas de ahorrarte un dinero en recibos. Tambien puede pasar que vayas comprando bienes para tu casa y se te olvida avisar al seguro. ¡Vamos, que es mas que un falso ahorro!. ¡ES MEJOR ASEGURAR POR UN POCO MAS. NUNCA POR MENOS! OJO, por un poco mas. Si aseguras por un valor excesivo tampoco es correcto, entrarias en sobreseguro.

El metodo de tasar los bienes es poco conocido por los asegurados. Si hay algo que no quieres "que entre" dentro de la poliza por la razon que sea, debes decirselo a tu compañia de seguros y asi no entrara en la tasacion de bienes en caso de siniestro. Si no dices nada te lo valoraran y puedes estar "infrasegurado" .

Esta regla solo entra en juego en casos de siniestro parcial, toda vez que en el supuesto de perdida o destruccion total del objeto asegurado, la situacion señalada se produce automaticamente, ya que el asegurado solo percibira la indemnizacion pactada, corriendo a su propio cargo la diferencia del valor que falte por cubrir.

La posibilidad de sufrir la aplicacion de la regla proporcional es considerable en tiempos de inflacion, en que el valor de las cosas disminuye significativamente, sin que el asegurado actualice de forma adecuada el montante de los capitales asegurados. La incorporacion de clausulas de indexacion en las polizas (en funcion de I.P.C., etc.), revalorizando las sumas aseguradas (y, consecuentemente, las primas), permite evitar o, cuando menos, paliar los efectos de la apliccion de dicha regla proporcional.

Recordemos, por ultimo, que a tenor de lo dispuesto en el articulo 30 de la Ley de Contrato de Seguro, las partes, de comun acuerdo, podran excluir en la poliza, o con posterioridad a la celebracion del contrato, la aplicacion de la regla proporcional.

Asegurar bienes por 10 millones no cuesta el doble que asegurar por 5 millones. Cuesta menos. Una situacion muy normal es que la gente se compra un piso, tiene pocas cosas y claro, asegura por poco dinero. Pasan los años, compran un dormitorio molon, una tele de plasma, un frigo que hace noseque, un ordenador chulisimo ... ¡y se olvidan de comunicarselo al seguro! Muy mal hecho: poco a poco has ido entrando en infraseguro. Despues si se produce un siniestro todo son lamentaciones: viene el perito, hace su tasacion y claro como por olvido tuyo solo tenias asegurado por la mitad, vas y solo cobras la mitas de la indemnizacion.

· Sobreseguro: es cuando la suma asegurada supera notablemente el valor de los bienes asegurados.

En los seguros contra daños, no es frecuente que los asegurados señalen valores por encima del valor real de su interes. En efecto, no tiene mucho sentido que el propietario de un piso a quien le consta que vale 15 millones de pesetas lo asegure por 30. Sin embargo, la situacion de sobreseguro es peligrosa, puesto que puede incitar al asegurado a la produccion dolosa del siniestro, para obtener un enriquecimiento.

De acuerdo con el articulo 31 de la L.C.S., las consecuencias del sobreseguro se resumen en lo siguiente:

· Cualquiera de las partes podra proponer una reduccion de la suma asegurada y de la prima, con restitucion por parte del asegurador del exceso de primas recibido.

· De producirse el siniestro, el asegurador indemnizara solamente el daño efectivamente causado.

En consecuencia, la ley preve, ademas de la logica adaptacion del contrato a las circunstancias reales, la no realizacion por parte del asegurado de un beneficio extraordinario (el dueño del piso del ejemplo anterior, en el caso de que su casa se incendiase, recibiria los 15 millones de valor real y no los 30 declarados en la poliza).

· Cuando el sobreseguro se deba a mala fe del asegurado, el contrato sera ineficaz, y el asegurador podra ademas retener para si las primas vencidas y las del periodo en curso.

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Actualizado: 26/09/2008

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